Cómo conseguir el derecho a la atención sanitaria

PERSONAS CON PADRÓN

en situación irregular

  • Acreditar 3 meses de estancia en España con documentos  ya sea por el pasaporte u otro documento, tal que  padrón, billetes de avión, bus…

 

  • Estar empadronado al hacer la solicitud. ¡Atención! Es suficiente con un solo día de empadronamiento

 

  • Presentar documento de identidad vigente.

 

  • ¿Dónde? Presentar toda la documentación en el Centro de Atención Sanitaria de Osakidetza más cercano a su vivienda o lugar de pernoctación.

en situación regular

1. Solicitantes de Asilo o Apatridia  (Protección Internacional) pueden tener derecho desde el primer día, pero dependiendo del documento y del tiempo de estancia , el documento será temporal por 6 meses.

  • Deben de presentar el documento de la policía y  el padrón.

 

  • ¡Atención!: En algunos centros de salud piden el pasaporte (olvidando el documento de salilo/apatridia) sin pensar que el documento de asilo/apatridia les brinda más derechos.

 

  • ¿Dónde? Deben acudir a la Oficina de Extranjería o al Centro de Asilo y Refugio (OAR) más cercano para solicitar el documento temporal.

Direcciones y horarios para solicitudes:

Vitoria-Gasteiz
Oficina de Extranjería – Calle Olaguíbel, 1, 01001 Vitoria-Gasteiz.
Horario: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00.

Bilbao

Oficina de Extranjería – Calle Gran Vía, 50, 48011 Bilbao.
Horario: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00.

Centro de Asilo y Refugio – Calle Alameda de Recalde, 39, 48008
Horario: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00.

 

2.  Personas en situación irregular que no tienen alta en la Seguridad Social: 

  • Intentar conseguir  el documento en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), y en caso de negativa, contactar con los Servicios Sociales de Base para pedir un informe favorable.

PERSONAS SIN PADRÓN

Aclarar si la persona interesada se encuentra en alguno de los supuestos reconocido por la Instrucción 1/2023

1. Denegación de empadronamiento en un ayuntamiento (menos de 3 meses de antigüedad).

2. Certificado de visitas a servicios sociales (al menos 2 visitas en los últimos 3 meses).

3.  Certificado de matriculación en un centro educativo (menos de 3 meses).

4. Certificado de escolarización de hijos (menos de 3 meses) y documento de filiación.

5. Registro de asistencias médicas (al menos 2 visitas en los últimos 3 meses).

6. Documento acreditativo de ayudas sociales (menos de 3 meses)

Cualquier persona con documento de identidad (pasaporte/NIE/DNI) que no tenga padrón, puede sustituirlo a través de alguno de los documentos arriba nombrados. Esto le permitirá acceder a los servicios de salud.

En el caso de personas en situación irregular, algunas organizaciones sin ánimo de lucro, como Médicos del Mundo, podrían certificar su tiempo de estancia. Con este documento, y tras hacer la solicitud obtendrá un Documento de Asistencia Sanitaria de 6 meses. Este documento es posible renovarlo con una nueva solicitud.

FAMILIARES REAGRUPADAS/OS:

Están obligad@s a  contratar un seguro privado, sin cobertura pública.

  • Los familiares reagrupados menores y cónyuges  (o equivalente)  pueden ser incluid@s como beneficiari@s de quien reagrupa, sin embargo los ascendientes no. Son los ascendientes quienes están obligad@s a contratar un seguro privado
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